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CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
Las entidades que participen en CIVILFOR establecerán un convenio de colaboración con la Unidad de Primer Empleo de la ETSI Caminos, Canales y Puertos de Madrid, canalizándose todo ingreso relativo a la participación en Civilfor a través de la Fundación Agustín de Betancourt, que se incluye entre las reguladas como entidad beneficiaria del mecenazgo en el artículo 16 de la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos y de Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Dicho ingreso, será certificado por parte de dicha fundación mediante la correspondiente factura a los participantes , y como tal, se considerará a todos los efectos.
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